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Edición: 12 de octubre de 2008
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El Gobierno responde a IU sobre las prolongaciones de jornada.

Pregunta de IU al Congreso y respuesta del Gobierno sobre las prolongaciones de jornada en el sector financiero.-IU

22-03-2002 - A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS





Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara se presenta la siguiente pregunta dirigida al Gobierno para la que se solicita respuesta escrita.





La práctica habitual, que vienen realizando Bancos y Cajas de Ahorro, de prolongar la jornada laboral de los/as trabajadores/as, por encima de los límites establecidos tanto en los convenios colectivos como en el Estatuto de los Trabajadores, sin compensación alguna ni económica ni en tiempo libre, se ha visto incrementada desde principio de año con motivo de la puesta en circulación del euro.





Ya el pasado año los sindicatos denunciaron que sólo en los Bancos se habían realizado 31.000.000 millones de horas suplementarias, que dejaron de ingresar a la Seguridad Social cotizaciones por valor de 318.115.706,85 de euros (52.930 millones de pesetas). Sólo en la primera semana del mes en curso se han realizado 2.000.000 de horas extras, no compensadas ni pagadas, entre Bancos y Cajas de Ahorro, lo que representa sólo en cotizaciones sociales no ingresadas 22.489.872,95 de euros (3.742 millones de pesetas). Ante tal situación los sindicatos han presentado las correspondientes denuncias en las inspecciones de trabajo, sin haber recibido, hasta el momento, soluciones de ningún tipo.

¿Tiene el Gobierno conocimiento de la denuncia realizada por los sindicatos?

¿Piensa el Gobierno adoptar alguna medida para que situaciones como las mencionadas no se repitan?

¿Es consciente el Gobierno del fraude realizado por Bancos y Cajas de Ahorro a la Seguridad Social?

¿Piensa el gobierno tomar las medidas necesarias para restablecer los daños causados tanto a los trabajadores como a las arcas de la Seguridad Social?

RESPUESTA: Desde mediados de enero del presente año han tenido entrada, tanto en el Registro de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social como en los respectivos de las Inspecciones Provinciales, múltiples denuncias presentadas, bien por los representantes de los trabajadores, bien por las Secciones Sindicales de CC.OO. y UGT, pertenecientes a distintos bancos y cajas de ahorros del país, denunciando la situación descrita por Su Señoría.
Ante ello, y asimismo, teniendo, además, conocimiento y constancia de que por parte de diversas Inspecciones Provinciales se han practicado Actas de Infracción relacionadas con el tema expuesto, la Dirección General mencionada, a través de la Dirección Especial adscrita a la misma, ha decidido, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 18, nº 3.9 de la Ley 42/97, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, ejercitar sus competencias de coordinación de las actuaciones inspectoras a fin de que estén presididas por una unidad de criterio, tanto en el contyenido como en la forma de realizar la inspección. En la actualidad se está procediendo a esa labor de coordinación.
Madrid, 15 de febrero de 2002


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